Culiacán, Sinaloa.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedente la controversia constitucional promovida por el municipio de Ahome contra el desafuero de Gerardo Vargas Landeros, al determinar que fue presentada fuera de tiempo, con lo que se ratifica la legalidad del procedimiento avalado por el Congreso del Estado.
La resolución, emitida este martes dentro de la controversia constitucional 206/2025, confirma la validez del Acuerdo 80 aprobado el 2 de mayo de 2025, mediante el cual se retiró el fuero constitucional al entonces presidente municipal.
La presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso, Tere Guerra Ochoa, aseguró que el Poder Legislativo actuó en todo momento conforme a la ley y dentro del marco constitucional durante el proceso de desafuero y separación del cargo.
Destacó que tanto tribunales de amparo como la propia Suprema Corte han emitido resoluciones favorables al Congreso, lo que —dijo— confirma la legalidad de sus decisiones.
La controversia fue desechada por mayoría de siete votos contra dos, al no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 105 constitucional, por lo que la Corte no entró al fondo del asunto.
Con esta determinación, queda firme el retiro del fuero a Vargas Landeros, así como la posibilidad de que continúe el proceso penal en su contra por parte de la Fiscalía General del Estado.
Asimismo, se mantiene vigente su separación del cargo como presidente municipal de Ahome, lo que permitió declarar la vacante y posteriormente designar a Antonio Menéndez de Llano Bermúdez como alcalde sustituto.
El Congreso también reiteró que el expediente fue turnado a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, instancia que continuará con las investigaciones correspondientes.
