Warning: Attempt to read property "post_excerpt" on null in /home/satelite/public_html/wp/wp-content/themes/morenews/single.php on line 55
La información del proceso de elección qué llevó a Sylvia Paz Díaz Camacho a su segundo período al frente de la UAdeO fue reservada por 5 años
Por Guadalupe Martínez
Satéliteonline.mx
Culiacán, Sinaloa; a 12 de febrero de 2020.- Dos solicitudes de información dirigidas a la Universidad Autónoma de Occidente sobre el proceso que llevó a Sylvia Paz Díaz Camacho a ser nombrada como rectora para su segundo período al frente de dicha institución educativa revelaron que se interpuso un Juicio de Amparo Directo para que se investigaste la legalidad de su elección.
El 27 de enero vía Ley de Acceso a la Información se recibió la solicitudes de información 00059120 que solicitaba «Constancias acordé a la normatividad interna del proceso de selección de la rectora para el nuevo periodo.» y la 000640120 que requería «Constancia de cumplimiento de requisitos señalados en el artículo 78 del Estatus Orgánico de la Universidad Autónoma de Occidente para la recién reelección del cargo de rector Copia de la manifestación por escrito a la que hace referencia el Artículo 77 del Estado Orgánico de la Universidad Autónoma de Occidente con sello de recibido por la autoridad correspondiente.» (Sic)
Tras recibida las solicitudes, el 30 de enero de 2020, José Luis Castillo Martínez, Contralor Universitario y responsable de la Unidad de Transparencia de la UAdeO, contestó que los supuestos de que tuvieran la información estq no se podía entregar debido a que actualmente existe un juicio de amparo directo en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa con sede en Culiacán.
Hola
El juicio de amparo fue interpuesto el 10 de enero de 2020, con número de expediente asignado 21/2020, dónde se reclaman actos fuera de juicio, específicamente Designación de Cargo, en materia (Amparo Directo) Administrativa en contra del procesos que culminó con la elección Sylvia Paz Díaz Camacho para un segundo período de gestión en la UAdeO.
En tal virtud, se informó que las solicitudes de información están vinculadas con el juicio de amparo directo que se encuentra en trámite, es pertinente que la información podría negarse en atención a lo que señala el artículo 162 fracción X de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, que establece: «como información reservada, podrá clasificarse aquella cita publicación: vulnere la conducción de los expedientes judiciales o de los procedimientos adminstrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado».
Por tal motivo, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UAdeO acordó reservar de manera total la información solicitada por un lapso de cinco años o cuando se extingan las causas que dan origen a su clasificación de reserva a las solicitudes de información con los folios ya señalados.
Haste oseguidor de Satélite Online con solo darle “Me gusta” a nuestra página www.sateliteonline.mx
