La modificación busca armonizar la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa con la Ley General de Responsabilidades en la Materia y que los servidores públicos, en la administración de los recursos públicos, puedan identificar las potenciales situaciones de conflicto de interés, ampliando el catálogo de diversos supuestos para evitar incurrir en ellos
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Culiacán, Sinaloa; a 22 de marzo de 2023.- En el propósito de establecer que los servidores públicos, en la administración de los recursos públicos, puedan identificar las potenciales situaciones en materia de conflicto de interés, hoy el diputado Sergio Mario Arredondo Salas presentó en la oficialía de partes del Congreso del Estado una iniciativa de reforma y adiciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa.
El legislador informó que, toda aquella persona que desempeñe un cargo público teniendo claro que la información y el conocimiento adquirido en el ejercicio de su función, no podrán ponerse al servicio y lucro de intereses particulares.
“La reforma presentada de igual manera, propone ampliar el catálogo de diversos supuestos para evitar incurrir en cohecho, desvío de recursos, contratación indebida, simulación de acto jurídico y nepotismo”, aseveró.
En ese sentido, la Iniciativa presentada propone reformar las fracciones VI y IX del artículo 7; las fracciones VIII y IX del artículo 49; y, adicionar las fracciones X, XI y XII, recorriéndose la actual décima para pasar a ser décima tercera; un párrafo último, al artículo 7; la fracción X al artículo 49; un párrafo segundo al artículo 52; un párrafo segundo al artículo 54; un párrafo segundo al artículo 59; artículos 60 Bis; 63 Bis; 64 Bis; 80 Bis, todos a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa.
Arredondo Salas precisó que “con esta iniciativa se plantea armonizar la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa con la Ley General de Responsabilidades en la Materia, con la finalidad de que como lo señala su objeto, se de sustento a las bases para que todo Ente público, establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público”.